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Article 3

O

Decreto 12 de 1993 · por el cual se fija la remuneración de los empleados públicos pertenecientes a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y a las Sociedades de Economía Mixta sometidas al régimen de dichas empresas del orden nacional, directas e indirectas y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

ARTICULO 3o. La remuneración mensual, que por concepto de asignación básica y gastos de representación, venían percibiendo los funcionarios que a 1o. de enero de 1993 tenían la calidad de empleados públicos, pertenecientes a la Empresa Nacional de Telecomunicaciones -TELECOM-, Administración Postal Nacional -ADPOSTAL-, Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo -FONADE-, Instituto Colombiano de Energía Eléctrica -ICEL-, Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica -CORELCA-, Instituto de Seguros Sociales -ISS-, así como los funcionarios de Seguridad Social del Instituto de Seguros Sociales -ISS-, que a dicha fecha no estuvieren cobijados por convención colectiva, se reajustará en un veinticinco por ciento (25%).

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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