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Article 18

Los Empleados Particulares Tienen Derecho A Quince Días Continuos De Vacaciones En Cada Año De Trabajo, Remunerados De Acuerdo Con El Sueldo Que El Empleado Esté Devengando

Decreto 652 de 1935 · Por el cual se reglamenta la Ley 10 de 1934, en lo relativo a los derechos de los empleados particulares

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01

Text of the article

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Los empleados particulares tienen derecho a quince días continuos de vacaciones en cada año de trabajo, remunerados de acuerdo con el sueldo que el empleado esté devengando. La época será fijada por el patrono, buscando no perjudicar el servicio y la efectividad del descanso.

Parágrafo

El derecho que tienen los empleados a las vacaciones se considera existente solamente desde la vigencia de la Ley 10 de 1934.

02

Constitutional history

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