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Article 4

Ley 7 de 1926 · Por la cual se adiciona el cómputo líquido del presupuesto nacional de rentas para el año fiscal de 1o de enero a 31 de diciembre de 1926, se abren varios créditos adicionales al Presupuesto Nacional de gastos de la misma vigencia y se dictan otras disposiciones

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01

Text of the article

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El Gobierno Nacional acometerá el estudio y construcción de la Carretera Central del Norte, de la población de Belén en adelante, con la mayor intensidad posible. Para tal efecto queda facultado ampliamente para designar las condiciones de estudio, para acometer los trabajos en varios sectores de la vía y para señalar el personal de los trabajos y fijar las correspondientes asignaciones.

Parágrafo 1

La Fijación de la ruta que deba seguirse estará sujeta únicamente a las condiciones técnicas, comerciales y económicas que mas convengan a la vía, quedando por lo tanto, derogadas las disposiciones preexistentes que fijan puntos obligados de paso entre Cúcuta y Bogotá.

Parágrafo 2

Los trabajos de la Carretera del Norte se intensificaran igualmente de Pamplona hacia el Sur.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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