JurídicoESEN

Article 15

Ley 2303 de 2023 · por la cual se declaran de interés social nacional y como prioridad sanitaria la prevención, la mitigación, erradicación, contención y renovación de la marchitez por Fusarium R4T del plátano y banano (musáceas), de la enfermedad conocida como Huanglongbing (HLB) de los cítricos, de la pudrición del cogollo y la marchitez letal en la palma de aceite en todo el territorio colombiano y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Del Programa Nacional de la Prevención, Mitigación, Erradicación, Contención y Renovación de la Pudrición del Cogollo y de la Marchitez Letal en la palma de aceite. Créase del Programa Nacional de la Prevención, Mitigación, Erradicación, Contención y Renovación de la Pudrición del Cogollo y la Marchitez Letal en la palma de aceite, con miras al fortalecimiento de las capacidades institucionales del ICA, Agrosavia y Cenipalma, en el marco de sus competencias, para el diagnóstico, manejo de la enfermedad e implementación articulada de programas de investigación que busquen la mitigación de sus efectos a corto, mediano y largo plazo.

Parágrafo

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural reglamentará el programa. artículo 16. De la Comisión Nacional. Créase la Comisión Nacional de Prevención, Mitigación, Erradicación, Contención y Renovación de la Pudrición del Cogollo y la Marchitez Letal en la palma de aceite, como ente rector del programa, integrado por:

a)

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado, quien lo presidirá.

b)

El Gerente General del ICA o su delegado.

c)

El Director Ejecutivo de Agrosavia o su delegado.

d)

El Presidente de la Agencia de Desarrollo Rural o su delegado.

e)

El Director General de la Corporación Centro de Investigación en Palma de Aceite Cenipalma o su delegado.

f)

El Presidente Ejecutivo de Fedepalma o su delegado.

g)

El Director de la Sociedad de Agricultores de Colombia (SAC).

h)

Un (1) delegado de los trabajadores.

i)

Un (1) delegado de las comunidades aledañas a los territorios en donde se desarrolla esta industria.

Parágrafo 1

El ICA, a través de la Subgerencia de Protección Vegetal, cumplirá las funciones de Secretaría Técnica.

Parágrafo 2

. La Comisión Nacional podrá invitar las personas que considere puedan contribuir con los temas que se traten en sus diferentes sesiones.

Parágrafo 3

El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural reglamentará la elección de los representantes de los literales h) y i) del presente artículo.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 2303 de 2023