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Article 14

Los Peregrinos De Nacionalidad Ecuatoriana Que Se Dirijan Al Santuario De Las Lajas Podrán Entrar El Territorio Colombiano Mediante Licencias Especiales Que Otorgaran Los Consulados De La República En Guayaquil, Quito Y Tulcán De Acuerdo Con Las Reglamentaciones Que Al Respecto Dicte El Ministerio De Relaciones Exteriores

Decreto 464 de 1945 · Por el cual se reglamenta el tránsito de la frontera colombo-ecuatoriana para los nacionales de uno y otro país domiciliados en las regiones vecinas de esa frontera y se crea la Cédula de Identidad Fronteriza

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Los peregrinos de nacionalidad ecuatoriana que se dirijan al Santuario de las Lajas podrán entrar el territorio colombiano mediante licencias especiales que otorgaran los Consulados de la República en Guayaquil, Quito y Tulcán de acuerdo con las reglamentaciones que al respecto dicte el Ministerio de Relaciones Exteriores.

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Constitutional history

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