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Article 2.3.2.5.2.2.3

Modificado Por El Artículo 3° Del Decreto 1381 De 2024

Decreto 1077 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio.

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Text of the article

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Modificado por el artículo 3° del Decreto 1381 de 2024.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.3.2.5.2.2.3.Publicación de Información reportada al Sistema Único de Información (SUI) para el cálculo de la remuneración vía tarifa de la actividad de aprovechamiento. Para la consulta y cálculo de la remuneración vía tarifa de la actividad de aprovechamiento de acuerdo a lo definido en el artículo 2.3.2.5.2.2.6 del presente capítulo, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios a través del Sistema Único de Información (SUI) deberá publicarla en la página web de la entidad, dentro de los dos (2) días siguientes al reporte de la información suministrada en cumplimiento del artículo 2.3.2.5.2.2.2.

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio determinará los lineamientos de la información a publicar para el cálculo de la remuneración vía tarifa de la actividad de aprovechamiento.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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