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Article 8

División Médica

Decreto 1016 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Hospital Militar Central y se dictan otras disposiciones.

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01

Text of the article

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°. División Médica . Son funciones de la División Médica, las siguientes

1.

Desarrollar las políticas, planes, programas y proyectos de las áreas, servicios y unidades médicas.

2.

Elaborar su respectivo plan operativo y de acción anual con base en las políticas y objetivos del Hospital y presentarlo a consideración de la Subdirección Médica y Servicios de Salud.

3.

Mantener coordinación permanente con las demás divisiones y servicios del Hospital, para la adecuada atención de los afiliados y beneficiarios del SSMP y usuarios particulares.

4.

Evaluar el funcionamiento de los servicios de la División, propender a la calidad de los mismos, verificar el cumplimiento de las metas y objetivos de productividad, controlar el uso racional de los diferentes recursos asignados; hacer los ajustes, aplicar los correctivos y presentar recomendaciones para mejorar la atención de los usuarios.

5.

Administrar los recursos humanos, físicos y tecnológicos asignados a la División.

6.

Verificar el cumplimiento de los indicadores de gestión, productividad y calidad hospitalarios por parte de las áreas, unidades y servicios, con el fin de consolidar informes mensuales de comportamiento y darlos a conocer a las Directivas del Hospital.

7.

Verificar el cumplimiento de las agendas médicas, jornadas laborales e indicadores individuales de productividad y gestión del personal médico, de la salud y administrativo de la dependencia.

8.

Participar en la adecuada aplicación de las normas y procedimientos de Control Interno y de Garantía de Calidad y dar cumplimiento a las recomendaciones que se le formulen.

9.

Mantener actualizadas las guías de atención y los respectivos manuales de procesos y procedimientos.

10.

Establecer en coordinación con la División Financiera, los costos de los procedimientos médicos en el Hospital.

11.

Coordinar y controlar que los procedimientos médicos se adecuen a las cláusulas de los contratos y convenios de servicios de salud que se suscriban con otras entidades, con el fin de evitar las glosas de cuentas.

12.

Presentar mensualmente a la Subdirección Médica y Servicios de Salud las estadísticas de procedimientos médicos, consultas y demás intervenciones realizadas y canceladas, con el fin de establecer indicadores de gestión y productividad que contribuyan a la toma de decisiones.

13.

Participar en los procesos docentes y de investigación propios del área y de carácter interdisciplinario.

14.

Verificar que los responsables de las áreas, servicios y unidades suministren información al paciente y sus familiares sobre el tratamiento y el estado de salud del mismo.

15.

Mantener las bases de datos de afiliados y beneficiarios del SSMP y de usuarios particulares actualizadas y sistematizadas, con el apoyo de la Oficina Asesora de Planeación e Informática, y atender los requerimientos de información provenientes de las autoridades competentes.

16.

Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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