Conformación. El Comité del Fondo de Compensación Ambiental estará conformado por dos (2) representantes del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible incluidos el Ministro o su delegado, un (1) representante de la Unidad de Política Ambiental del Departamento Nacional de Planeación, un (1) representante de las Corporaciones Autónomas Regionales y un (1) representante de las Corporaciones de Desarrollo Sostenible.
(Decreto 954 de 1999, artículo 2°)