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Article 34

Licencia De Funcionamiento Y Renovación

Decreto 356 de 1994 · por el cual se expide el Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Licencia de funcionamiento y renovación . La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada podrá expedir licencia de funcionamiento de carácter nacional previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 de este Decreto. No obstante, las empresas transportadoras de valores deberán tomar una póliza de responsabilidad civil extracontractual que cubra los riesgos de uso indebido de armas de fuego, y de otros elementos de vigilancia y seguridad privada utilizados en la prestación del servicio, por un valor no inferior a dos mil (2.000) salarios mínimos legales mensuales. La renovación podrá autorizarse previo el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 de este Decreto.

Parágrafo

La licencia de funcionamiento y la renovación de licencia de funcionamiento para las empresas de transporte de valores se expedirán a nivel nacional por el término de diez (10) años.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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