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Article 2

Ley 35 de 1924 · por la cual se asocia la Nación a la celebración de un centenario

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Auxiliase con cien pesos ($100) mensuales la fundación y sostenimiento de un Colegio de segunda enseñanza en la ciudad de La Ceja.

El establecimiento llevara el nombre de Colegio Gutiérrez González. En el salón principal se colocara un retrato al óleo del eximio poeta, como homenaje de la República.

En los Presupuestos se incluirá anualmente la partida necesaria para dar cumplimiento a este artículo, y cuando esto se omitiere, el Poder Ejecutivo apropiara el crédito indispensable a solicitud de la Municipalidad de La Ceja, a la cual se entregara dicho auxilio.

Parágrafo

Auxiliase al Colegio de segunda enseñanza de Sonsón, por una sola vez, con la cantidad de cuatro mil pesos ($4.000). De esta suma se destinara la parte indispensable para construir un salón destinado a actos literarios, que llevara el nombre de Salón Gutiérrez González. Al pie de la inscripción se pondrá El Congreso de Colombia 1924.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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