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Article 2.15.3.3

Proceso De Alistamiento Operativo Y Registro De Bienes Que Formarán Parte El Fondo De La Unidad Administrativa Especial De Gestión De Restitución De Tierras Despojadas

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

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Text of the article

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Proceso de alistamiento operativo y registro de bienes que formarán parte el Fondo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. Corresponde a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas desarrollar las tareas de evaluación, clasificación, y registro en sistemas de información adecuados, que faciliten la localización de los bienes aptos para su utilización para los propósitos establecidos en la Ley 1448 de 2011, antes de su ingreso al Fondo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. Los inmuebles recibidos podrán ser objeto de saneamiento de títulos tramitados por la Unidad.

(Decreto número 4829 de 2011, artículo 48)

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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