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Article 2.2.2.2.6

Información Para La Solicitud De Permiso

Decreto 1067 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Información para la solicitud de permiso. La solicitud de permiso deberá contener la siguiente información:

a)

País solicitante;

b)

Objeto del vuelo;

c)

Tipo, matrícula e indicativo de llamada de la (s) aeronave (s);

d)

Grado, nombre y apellidos del piloto o Comandante de la (s) aeronave (s);

e)

Número de tripulantes;

f)

Número de pasajeros;

g)

Grado (s), nombre (s), apellido (s), y cargo (s) de autoridades importantes (si viajan a bordo);

h)

Naturaleza y cantidad de la carga a transportar;

i)

Origen del vuelo, destino y salida de Colombia con Indicación de itinerarios programados, región de información de vuelo -”FIR” (S) “-, aerovías y escalas propuestas dentro del territorio colombiano, con fechas y horas estimadas; y

j)

Servicios requeridos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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