Mientras los Consejos Intendenciales y los Comisarios organizan el régimen fiscal, y mientras los Concejos Municipales y los Intendentes y Comisarios establecen u organizan los impuestos de los Municipios y Corregimientos intendenciales o comisariales, continuarán en vigor todos los impuestos, contribuciones y tasas que en la actualidad se hallan rigiendo y vienen recaudándose por las entidades aludidas. Igualmente seguirán en vigor las disposiciones sobre Policía, fraude a las rentas, protección de indígenas, y las demás que no pugnen contra el presente Decreto.
Article 26
Mientras Los Consejos Intendenciales Y Los Comisarios Organizan El Régimen Fiscal, Y Mientras Los Concejos Municipales Y Los Intendentes Y Comisarios Establecen U Organizan Los Impuestos De Los Municipios Y Corregimientos Intendenciales O Comisariales, Continuarán En Vigor Todos Los Impuestos, Contribuciones Y Tasas Que En La Actualidad Se Hallan Rigiendo Y Vienen Recaudándose Por Las Entidades Aludidas
Decreto 2451 de 1943 · Por el cual se reglamentan las disposiciones de la Ley 2ª de 1943, sobre administración de las Intendencias y Comisarias
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