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Article 92

Ley 103 de 1923 · Sobre Organización Judicial y Procedimiento Civil

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Los Jueces Superiores de Distrito tienen además estas funciones:

1ºInstruir los sumarios para la averiguación de los delitos cuyo conocimiento les está atribuido por el artículo 90; pero pueden limitarse a comisionar a los funcionarios provinciales, Jueces de Circuito o Municipales y funcionario de policía nacional, departamental o municipal;

2º Firmar los oficios que se dirijan a los otros Jueces Superiores o de Circuito, a los Prefectos de Provincia, a las autoridades de categoría superior, y a las demás autoridades y particulares a quienes quieran dirigirse directamente;

3ºReglamentar los trabajos de la oficina de la manera mejor acordada al buen servicio público;

4º Conceder licencia al Secretario y escribientes para separarse del ejercicio de sus funciones, cuidando que no sufra en manera alguna el despacho de los negocios de la oficina; y

5º Castigar con penas correccionales, que no excedan de multas de diez pesos o arresto por cinco días, a los que les desobedezcan o falten al debido respecto.

Juzgados de Circuito.

Personal.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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