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Article 4

El Día 1° De Del Próximo Mes De Abril Se Reunirá En La Cabecera Del Distrito De Simijaca Una Asamblea Compuesta De Veintidós Propietarios, A Razón De Dos Por Cada Uno De Los Distritos Mencionados Y Elegidos Por Las Respectivas Municipalidades

Decreto 177 de 1887 · En ejecución de algunas disposiciones de la ley 23 de 1887

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01

Text of the article

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°. El día 1° de del próximo mes de Abril se reunirá en la cabecera del Distrito de Simijaca una Asamblea compuesta de veintidós propietarios, a razón de dos por cada uno de los Distritos mencionados y elegidos por las respectivas Municipalidades. Dicha Asamblea, que será presidida por el Ingeniero nombrado por el Gobierno, elegirá por mayoría absoluta de votos un consejo Directivo de la empresa, el cual se compondrá de dos propietarios de Boyacá y dos de Cundinamarca. De los miembros de dicho Consejo cada uno tendrá dos suplentes.

02

Constitutional history

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