o. Para efectos del aumento a que se refiere el presente Decreto, el Pagador y el Auditor o el Revisor Fiscal, o quienes hagan sus veces, expedirán una constancia sobre la remuneración que corresponda a cada uno de los empleados públicos de la entidad para 1990, indicando el resultado de la aplicación del presente Decreto. Copia de esta constancia deberá ser enviada a la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y a la Dirección Técnica del Departamento Administrativo del Servicio Civil, a más tardar el 31 de enero del presente año.
Decreto 95 de 1990 →In force
Article 5
O
Decreto 95 de 1990 · Por el cual se fija la remuneración de los empleados públicos pertenecientes a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y a las Sociedades de Economía Mixta sometidas al régimen de dichas Empresas, del orden nacional, directas e indirectas.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.