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Article 6

º

Decreto 1523 de 2003 · por el cual se reglamenta el procedimiento de elección del representante y suplente de las comunidades negras ante los consejos directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales y se adoptan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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º. Trámite de la elección. El trámite será el siguiente

a)

El Director General de la Corporación Autónoma Regional instalará la reunión para elección dentro de la hora fijada en la convocatoria pública y procederá a dar lectura del informe resultante de la revisión de la documentación aportada por los Consejos Comunitarios participantes. Los representantes legales de los Consejos Comunitarios que hayan cumplido los requisitos consignados en el presente decreto tendrán voz y voto, en la reunión de elección del representante y suplente;

b)

Instalada la reunión de elección por el Director General, los representantes legales de los Consejos Comunitarios se procederá a efectuar la designación del presidente y secretario de la reunión;

c)

Los candidatos podrán intervenir en la reunión, con el fin de exponer los aspectos que consideren pertinentes;

d)

Se procederá a la elección de representante y suplente, de conformidad con lo establecido en el presente decreto. De la reunión se levantará un acta que será suscrita por el Presidente y Secretario designados por los representantes legales de los Consejos Comunitarios.

Parágrafo

La Corporación Autónoma Regional respectiva prestará el apoyo logístico necesario para llevar a buen término la reunión de elección.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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