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Article 3

Declarado Nulo

Decreto 3066 de 2007 · por el cual se profieren disposiciones necesarias para la transición institucional originada por la nueva estructura legal bajo la cual funcionará el Sector Agrícola, Pecuario, Forestal y Pesquero en los términos de la Ley 1152 de 2007, Estatuto de Desarrollo Rural.

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01

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Declarado nulo.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 3°. Las entidades que deban asumir funciones procederán a adoptar o a ajustar su estructura administrativa, técnica y financiera para atender las nuevas competencias. Con el fin de facilitar la transferencia de funciones, se celebrarán convenios en los que se definan los mecanismos de concertación, las etapas del proceso de transición, y los términos de cooperación y apoyo técnico por parte del Incoder a las entidades que reciben las funciones transferidas.

Parágrafo

Cuando así lo estime necesario, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural impartirá directrices o lineamientos dirigidos a facilitar la transición institucional, dentro del marco establecido en la Ley 1152 de 2007 y en el presente decreto.

02

Constitutional history

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