° Desde et día 1° de marzo próximo el personal de las Legaciones de primera clase acreditadas por la República en países extranjeros, será el siguiente: Un Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario; Un Secretario; Un segundo Secretario ad honorem; y Un Adjunto ad honorem.
En consecuencia quedan cesantes desde la expresada fecha los empleados no comprendidos en la enumeración de que trata el presente Decreto.