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Article 2

Ley 772 de 2002 · por medio de la cual se dictan normas concernientes a la elección de ciudadanos secuestrados.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El representante legal del partido o movimiento político que realiza la inscripción o los tres inscriptores, cuando se trate de un grupo significativo de ciudadanos, en los términos de la Ley 130 de 1994 , anexarán la denuncia presentada a las autoridades competentes, del secuestro del candidato que servirá como prueba de la fuerza mayor.

En caso de fraude o falsa denuncia la autoridad competente en los mismos términos y procedimientos señalados para la pérdida de investidura, declarará la nulidad absoluta y ordenará que la credencial se otorgue al candidato siguiente en orden de votación según el caso.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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