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Article 4

º

Decreto 3002 de 1997 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 65 de 1993.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º. Dentro de los quince (15) días siguientes a la vigencia del presente decreto, los directores de los establecimientos carcelarios deberán enviar a la Dirección General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario la conformación de la Junta de Evaluación de Trabajo, Estudio y Enseñanza, la de los Consejos de Disciplina, de la Junta Asesora de Traslados y del Consejo de Evaluación y Tratamiento, de que trata la Ley 65 de 1993. En el caso de no existir dichos organismos en algún establecimiento carcelario, el Director General del instituto, deberá disponer lo necesario para su conformación, dentro del mes siguiente al recibo de la anterior información.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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