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Article 2.5.1.1.7

Funciones De Las Comisiones Consultivas Departamentales Y La Del Distrito Capital De Bogotá

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

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Funciones de las Comisiones Consultivas Departamentales y la del distrito capital de Bogotá. Las comisiones consultivas departamentales y la del distrito capital de Bogotá tendrán las siguientes funciones:

1.

Servir de instancia de diálogo e interlocución entre las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras que representan yel Gobierno departamental o distrital.

2.

Servir como mecanismo de difusión de la información hacia las comunidades que representan y de interlocución con niveles directivos del orden departamental o distrital.

3.

Promover, impulsar y hacer seguimiento a las normas que desarrollan los derechos de las comunidades que representan.

4.

Contribuir a la solución de los problemas de tierras que afectan a las comunidades de su departamento o el distrito capital, impulsando los programas de titulación colectiva que se adelanten en favor de estas comunidades

5.

Establecer mecanismos de coordinación con las autoridades y entidades departamentales, distritales y territoriales para hacer efectivo el seguimiento y cumplimiento de lo establecido en la Ley 70 de 1993.

6.

Promover, planear e impulsar lineamientos y recomendaciones integrales para la formulación e implementación de la política pública y acciones afirmativas para estas comunidades.

7.

Buscar consensos y acuerdos entre las comunidades que representan y el Estado, dentro del marco de la democracia participativa y de la utilización de los mecanismos de participación ciudadana y comunitaria.

8.

Las demás funciones asignadas por la ley o el reglamento.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.5.1.1.7. Secretaría técnica de la Comisión Consultiva de Alto Nivel. Será ejercida por la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior.

(Decreto 3770 de 2008, artículo 7°)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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