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Article 3

Para Tener Derecho Al Cobro De Cada Anualidad, El Municipio De Cartagena Deberá Presentar Al Ministerio De Hacienda Y Crédito Público -Dirección Del Presupuesto- Un Certificado Expedido Por El Fideicomisario De La Deuda Representada En "bonos De Embellecimiento De Cartagena", En El Cual Conste Que El Servicio De Dichas Obligaciones Se Encuentra Al Día

Decreto 3146 de 1953 · Por el cual se reconoce una compensación a favor del Municipio de Cartagena

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01

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°. Para tener derecho al cobro de cada anualidad, el Municipio de Cartagena deberá presentar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Dirección del Presupuesto- un certificado expedido por el Fideicomisario de la deuda representada en "Bonos de Embellecimiento de Cartagena", en el cual conste que el servicio de dichas obligaciones se encuentra al día.

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Constitutional history

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