Artículo séptimo. Los demás funcionarios de las Intendencias y Comisarías tendrán derecho al reconocimiento y pago de viáticos y gastos de transporte, cuando por razón del ejercicio de sus funciones y las necesidades de la administración, fueren comisionados por el respectivo Intendente o Comisario para trasladarse a sitio diferente al de su sede habitual de trabajo. En la resolución que se ordena la Comisión deberá indicarse su objeto, el término para cumplirla y el valor diario, de los viáticos según la tarifa que más adelante se establece. El empleado comisionado deberá estar en el ejercicio del cargo.
Decreto 2354 de 1966 →In force
Article 7
Decreto 2354 de 1966 · Por el cual se reglamenta la ausencia de los Intendentes y Comisarios de las capitales de sus respectivas secciones y del territorio de su jurisdicción, lo mismo que lo referente al pago de viáticos de estos funcionarios y de los demás empleados intendenciales y comisariales en comisión
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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