Igualmente quedan eximidos en la forma del artículo anterior los inhábiles absolutos de que trata el ordinal d) del artículo 20 de la Ley, salvo el caso de que la inscripción no la hubiere hecho en época reglamentaria, esto es dentro de los diez primeros meses del año en que cumple los 19 de edad, para lo cual el interesado deberá consignar en la respectiva administración de Hacienda el valor de la tarifa minina de que trata el artículo 33 de la Ley, a fin de que se le expida la certificación correspondiente por la autoridad militar territorial. Para que la inhabilidad se considere como absoluta, debe ser apreciada en ciento por ciento, como lo determina el reglamento de invalidez.
Article 76
Igualmente Quedan Eximidos En La Forma Del Artículo Anterior Los Inhábiles Absolutos De Que Trata El Ordinal D) Del Artículo 20 De La Ley, Salvo El Caso De Que La Inscripción No La Hubiere Hecho En Época Reglamentaria, Esto Es Dentro De Los Diez Primeros Meses Del Año En Que Cumple Los 19 De Edad, Para Lo Cual El Interesado Deberá Consignar En La Respectiva Administración De Hacienda El Valor De La Tarifa Minina De Que Trata El Artículo 33 De La Ley, A Fin De Que Se Le Expida La Certificación Correspondiente Por La Autoridad Militar Territorial
Decreto 2200 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 1ª de 1945, sobre servicio militar obligatorio
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