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Article 1

Auméntase En Doscientos Cuatro Hombres El Personal De Vigilancia De Bogotá, Que Se Tomarán Del Economizado Por Decreto Número 473 De 22 De Marzo Último En Las Distintas Dependencias Del Cuerpo, Así: De La Sección 10-Bomberos, Diez Bomberos

Decreto 984 de 1930 · Por el cual se aumenta el personal de la Policía Nacional destinado a la vigilancia de Bogotá, tomándolo del que se ha economizado últimamente por Decretos ejecutivos

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° Auméntase en doscientos cuatro hombres el personal de vigilancia de Bogotá, que se tomarán del economizado por Decreto número 473 de 22 de marzo último en las distintas dependencias del Cuerpo, así: De la Sección 10-Bomberos, diez Bomberos. De la División de Cúcuta, diez Agentes de segunda clase. De la División de Zipaquirá, dos Agentes de primera clase y diez de segunda clase. De la División de Girardot, dos agentes de primera clase y veinte de segunda clase. De la División del Choco, dos agentes de primera clase y cinco de segunda clase. De la Sección de Orocué, treinta Agentes de primera clase. Del Servicio de Vigilancia de Bogotá, ocho Agentes de primera clase y ochenta de segunda.

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Constitutional history

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