° Los actuales empleados de la Universidad Pedagógicas y Tecnológica de Colombia que fueren incorporados en cargos con sueldos inferiores a la remuneración qué estén devengando en el momento de la incorporación, continuarán con la que vienen percibiendo hasta que se retiren del servicio u obtengan una remuneración superior. En estos casos la Prima de Antigüedad será la del grado que corresponda al cargo al cual hayan sido incorporados, la cual se adicionará a la remuneración que se venga percibiendo.
Article 4
Los Actuales Empleados De La Universidad Pedagógicas Y Tecnológica De Colombia Que Fueren Incorporados En Cargos Con Sueldos Inferiores A La Remuneración Qué Estén Devengando En El Momento De La Incorporación, Continuarán Con La Que Vienen Percibiendo Hasta Que Se Retiren Del Servicio U Obtengan Una Remuneración Superior
Decreto 1251 de 1975 · Por el cual se aprueba la planta de personal de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, determinada por el Acuerdo número 15 de 1975
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