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Article 11

Corresponde A La Oficina De Planeación: Preparar En Colaboración Con Otros Organismos Públicos, En Especial Con El Departamento Administrativo De Planeación, Y Cuando Fuere Del Caso, Con Técnicos Y Representantes Del Sector Privado, Los Planes Y Programas Administrativos Del Ramo; A) Revisar Cada Uno De Los Proyectos Que Integran El Plan Sectorial; B) En Coordinación Con La División De Presupuesto, Proponer Las Partidas Presupuestales Que En Cada Vigencia Exija La Ejecución De Los Indicados Planes Y Proyectos; C) Someter Los Planes Del Sector, Una Vez Aprobados Por El Ministro, Al Departamento Administrativo De Planeación, Para Que Éste Los Estudie, Coordine E Incorpore En Los Planes Generales De Desarrollo Y En Los Presupuestos Anuales De Inversión Pública; D) Enviar La Ejecución De Los Planes Mencionados Anteriormente Y Proponer Los Reajustes Que Aparezcan Necesarios O Convenientes A Dichos Planes; E) Estudiar Los Programas Relacionados Con Los Establecimientos Públicos Y Empresas, Vinculados O Adscritos Al Ministerio

Decreto 2565 de 1968 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Defensa Nacional y se determinan sus funciones

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Corresponde a la Oficina de Planeación: Preparar en colaboración con otros organismos públicos, en especial con el Departamento Administrativo de Planeación, y cuando fuere del caso, con técnicos y representantes del sector privado, los planes y programas administrativos del ramo

a)

Revisar cada uno de los proyectos que integran el plan sectorial;

b)

En coordinación con la División de presupuesto, proponer las partidas presupuestales que en cada vigencia exija la ejecución de los indicados planes y proyectos;

c)

Someter los planes del sector, una vez aprobados por el Ministro, al Departamento Administrativo de Planeación, para que éste los estudie, coordine e incorpore en los planes generales de desarrollo y en los presupuestos anuales de inversión pública;

d)

Enviar la ejecución de los planes mencionados anteriormente y proponer los reajustes que aparezcan necesarios o convenientes a dichos planes;

e)

Estudiar los programas relacionados con los establecimientos públicos y empresas, vinculados o adscritos al Ministerio.

f)

Asesorar al Ministro en el ejercicio de las facultades de orientación, coordinación y control que le corresponden frente a los establecimientos públicos y las empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de economía mixta adscritos o vinculados al Ministerio;

g)

Evaluar periódicamente el resultado de los programas adelantados por los establecimientos públicos y empresas vinculados o adscritos al Ministerio y proponer las modificaciones a que haya lugar;

h)

Coordinar con el Comando General de las Fuerzas Militares, todos los planes, políticas y demás actividades del ramo de Defensa; y

i)

Las demás funciones que le señale el Secretario General. CAPITULO IV Oficina Jurídica

02

Constitutional history

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