JurídicoESEN

Article 41

Ley 1 de 1959 · Régimen de cambios internacionales y comercio exterior

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

La Junta Directiva del Banco de la República además de las atribuciones que le confieren otras disposiciones de la presente Ley, tendrá las siguientes:

1.

Fijar por medio de resoluciones las condiciones que deben llenar los Bancos para el manejo de los certificados de cambio previstos en el inciso segundo del artículo anterior.

2.

Fijar el plazo de vencimiento de los certificados.

3.

Fijar la tasa de descuentos que aplicará en la compra de aquellos certificados que no hayan sido utilizados dentro del término fijado para su vencimiento.

4.

Señalar el plazo dentro del cual los exportadores deben vender al Banco las divisas provenientes de las exportaciones.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 1 de 1959