°. Modifíquese el último inciso del numeral 1 y adiciónese los numerales 28 y 29 al artículo 2 .17.1.1.1 del Decreto número 2555 de 2010, los cuales quedarán así: “1. (...) La actividad de adquirencia podrá ser desarrollada por los establecimientos de crédito, las Sociedades Especializadas en Depósitos y Pagos Electrónicos (Sedpes), las cooperativas de ahorro y crédito y las cooperativas multiactivas e integrales con sección de ahorro y crédito de categoría plena, y por sociedades anónimas no vigilad s por la Superintendencia Financiera de Colombia”. “28. Órdenes de pago o transferencias de fondos interentidad: ·Son aquellas en las que la Entidad Emisora del Ordenante y la Entidad Receptora del Beneficiario son entidades diferentes”. “29. Órdenes de pago o transferencias de fondos intraentidad: Son aquellas en las que la Entidad Emisora del Ordenante y la Entidad Receptora del Beneficiario son la misma entidad”.
Decreto 1069 de 2025 →In force
Article 2
Modifíquese El Último Inciso Del Numeral 1 Y Adiciónese Los Numerales 28 Y 29 Al Artículo 2
Decreto 1069 de 2025 · por medio del cual se modifica el Libro 17 de la Parte 2 del Decreto número 2555 de 2010 en lo relacionado con las órdenes de pago y transferencias de fondos y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.