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Article 1

Decreto 414 de 2016 · por el cual se modifica el Decreto 1338 de 2015 y se aclara su artículo 2°.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Aclárase el artículo 2° del Decreto 1338 el cual quedará así:

“Artículo 2°. Delegación de la declaración y provisión de vacancias temporales. Delégase en los Ministros y Directores de Departamentos Administrativos las Funciones de declarar y proveer las vacancias temporales que se presenten en sus respectivas instituciones, cualquiera que sea la causa que las produzca, con excepción de la provisión de las vacantes temporales que se presenten en los empleos de Agentes Diplomáticos y Consulares, y los siguientes cargos de la Presidencia de la República: Secretario Privado, Secretario de Transparencia, Secretario Jurídico, Consejero Presidencial, Ministro Consejero, Alto Comisionado de Paz, Subdirector de Operaciones y Jefe de Casa Militar, cuya facultad continuará en el Presidente de la República.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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