JurídicoESEN

Article 12

Son Funciones De La División De Finanzas Las Siguientes: A) Coordinar Y Controlar La Ejecución Del Presupuesto Del Ministerio Y El Cumplimiento De Las Normas Presupuestales Pertinentes; B) Llevar La Contabilidad Del Ministerio, Preparar Balances Y Presentar Los Informes Pertinentes De Acuerdo Con Las Normas Establecidas Por La Contraloría General De La República; C) Recaudar Los Ingresos Y Efectuar Los Pagos Que Le Correspondan Al Ministerio De Conformidad Con Las Normas Vigentes; D) Administrar Y Custodiar Los Dineros Y Títulos Valores Que Reciba El Ministerio De Acuerdo A Las Disposiciones Vigentes; E) Elaborar Y Presentar Los Informes De Pagos Y El Estado De La Situación De Tesorería Conforme A La Metodología E Instrucciones Establecidas Para Tal Efecto; F) Liquidar Los Diferentes Derechos, Tasas Y Transferencias Por Concesiones, Permisos Y Licencias Otorgadas Por El Ministerio Y Mantener Al Día El Estado De Cuentas De Cada Uno De Los Concesionarios

Decreto 1901 de 1990 · Por el cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Comunicaciones, se determina las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Son funciones de la División de Finanzas las siguientes

a)

Coordinar y controlar la ejecución del presupuesto del Ministerio y el cumplimiento de las normas presupuestales pertinentes;

b)

Llevar la contabilidad del Ministerio, preparar balances y presentar los informes pertinentes de acuerdo con las normas establecidas por la Contraloría General de la República;

c)

Recaudar los ingresos y efectuar los pagos que le correspondan al Ministerio de conformidad con las normas vigentes;

d)

Administrar y custodiar los dineros y títulos valores que reciba el Ministerio de acuerdo a las disposiciones vigentes;

e)

Elaborar y presentar los informes de pagos y el estado de la situación de Tesorería conforme a la metodología e instrucciones establecidas para tal efecto;

f)

Liquidar los diferentes derechos, tasas y transferencias por concesiones, permisos y licencias otorgadas por el Ministerio y mantener al día el estado de cuentas de cada uno de los concesionarios. DIRECCION GENERAL DE PLANEACION SECTORIAL

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1901 de 1990