°. Modifíquese el tercer inciso del artículo 3° del Decreto 4881 de 2008, el cual quedará así: La certificación expedida por la Cámara de Comercio es plena prueba de la calificación y clasificación del proponente y de los requisitos habilitantes que en ella constan según el presente decreto. En consecuencia, las entidades estatales no podrán solicitar información que se haya verificado en el registro único de proponentes, por lo que deberán verificar directamente la que no conste en el mismo.
Decreto 836 de 2009 →In force
Article 1
Modifíquese El Tercer Inciso Del Artículo 3° Del Decreto 4881 De 2008, El Cual Quedará Así: La Certificación Expedida Por La Cámara De Comercio Es Plena Prueba De La Calificación Y Clasificación Del Proponente Y De Los Requisitos Habilitantes Que En Ella Constan Según El Presente Decreto
Decreto 836 de 2009 · por el cual se modifica el Decreto 4881 del 31 de diciembre de 2008.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.