° Para facilitar las compras de elementos que el Ministerio de Guerra haga por conducto de Consulados con destino a los servicios de Marina y de Aviación, se autoriza a aquél para tener a manera de fondo rotativo hasta la cantidad de cincuenta mil pesos ($ 50,000) para cada uno de estos servicios en el Consulado de Nueva York, y hasta de quince mil pesos ($ 15,000) para cada uno de los servicios en el Consulado de París, cantidades que se tomarán de las respectivas apropiaciones. Este fondo se renovará cada año.
Article 5
° Para Facilitar Las Compras De Elementos Que El Ministerio De Guerra Haga Por Conducto De Consulados Con Destino A Los Servicios De Marina Y De Aviación, Se Autoriza A Aquél Para Tener A Manera De Fondo Rotativo Hasta La Cantidad De Cincuenta Mil Pesos ($ 50,000) Para Cada Uno De Estos Servicios En El Consulado De Nueva York, Y Hasta De Quince Mil Pesos ($ 15,000) Para Cada Uno De Los Servicios En El Consulado De París, Cantidades Que Se Tomarán De Las Respectivas Apropiaciones
Decreto 1194 de 1937 · Por el cual se reglamenta el procedimiento para compra de materiales y elementos con destino a los servicios de Marina y Aviación del ramo de Guerra
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