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Article 2.2.4.21.4

Cobro Y Pago De Aportes En Mora De Afiliados Del Pilar Contributivo De Ciclos De Cotización Antes De La Vigencia De La Ley 2381 De 2024

Decreto 514 de 2025 · por el cual se reglamenta y compilan las normas del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de origen común, contemplado en la Ley 2381 de 2024 y se dictan otras disposiciones.

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Cobro y pago de aportes en mora de afiliados del Pilar Contributivo de ciclos de cotización antes de la vigencia de la Ley 2381 de 2024. La determinación y cobro de los aportes en mora de los afiliados al Pilar Contributivo referente a los periodos de cotización antes de la vigencia de la Ley 2381 de 2024, se llevará a cabo en los términos de la Ley 100 de 1993 y sus decretos reglamentarios, por parte de las Administradoras del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad o del Régimen de Prima Media con Prestación Definida, según corresponda al estado de afiliación del beneficiario en los ciclos en que se debieron efectuar dichos aportes. Los pagos realizados por los aportantes para cubrir esas cotizaciones en mora serán imputados y administrados en los mismos términos de la Ley 100 de 1993.

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Constitutional history

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