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Article 3

Ley 10 de 1930 · SOBRE ORGANIZACIÓN FISCAL DE LAS INTENDENCIAS Y COMISARIAS

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

En los proyectos de presupuesto para las Intendencias y Comisarías se empleará la clasificación prescrita en la Ley 34 de 1923 para las rentas y para los gastos nacionales; siendo rentas ordinarias las que proceden de los renglones de las rentas de.licores, degüello de ganado mayor, tabaco, registro y las demás que puedan establecerse y que tengan el carácter de seccionales, y extraordinarias las entradas que procedan de auxilios, participaciones en rentas nacionales o rentas que hubieren sido cedidas por la Nación. Los gastos ordinarios serán los del servicio público o de administración, y extraordinarios los de obras públicas.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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