La atestación o firma de un contador público en los casos en que las leyes la exijan, hará presumir, salvo prueba en contrario, que el acto o documento respectivo se ajusta a los requisitos legales de forma, lo mismo que a los estatutarios, cuando se trate de personas jurídicas. Tratándose de balances, la presunción se extenderá, además, al hecho de que han sido tomados fielmente de los libros, de que éstos se ajustan a las normas legales, y de que las cifras registradas en ellos reflejan en forma fidedigna la situación financiera en la fecha del balance.
Decreto 2373 de 1956 →In force
Article 15
La Atestación O Firma De Un Contador Público En Los Casos En Que Las Leyes La Exijan, Hará Presumir, Salvo Prueba En Contrario, Que El Acto O Documento Respectivo Se Ajusta A Los Requisitos Legales De Forma, Lo Mismo Que A Los Estatutarios, Cuando Se Trate De Personas Jurídicas
Decreto 2373 de 1956 · Por el cual se reglamenta la profesión de contador, y se dictan otras disposiciones
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01
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02
Constitutional history
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