Modificación del artículo 2.2.4.1.2.14. del Decreto 1074 de 2015 Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo. Modifíquese el artículo 2.2.4.1.2.14. del Decreto 1074 de 2015 Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, el cual quedará así: Artículo 2.2.4.1.2.14. Inscripción en el Registro Nacional de Turismo de las empresas captadoras de ahorro para viajes y de servicios turísticos prepagados. Las empresas captadoras de ahorro para viajes y de servicios turísticos prepagados, además de los requisitos generales establecidos en el artículo 2.2.4.1.2.2. del presente Decreto, deberán acreditar que poseen un patrimonio neto de sesenta y cinco mil setecientos ochenta y dos coma cinco unidades de valor tributario (65.782, 5 UVT). Para tal efecto, deberán diligenciar el patrimonio neto, el cual deberá corresponder al reportado en el registro mercantil.”
Decreto 2642 de 2022 →In force
Article 47
Modificación Del Artículo 2
Decreto 2642 de 2022 · por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 y los Decretos 1072 de 2015 Único Reglamentario del Sector Trabajo, 1074 de 2015 Único Reglamentario del Sector, Comercio, Industria y Turismo, 1075 de 2015 Único Reglamentario del Sector Educación y 1079 de 2015 Único Reglamentario del Sector Transporte.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.