º. Los Embajadores y Cónsules designarán ciudadanos colombianos residentes en las localidades donde se encuentren los puestos de votación autorizados, para que recepcionen la votación de los nacionales colombianos. Los designados se ceñirán a las instrucciones impartidas por la Registraduría Nacional del Estado Civil por conducto de la Dirección de Asuntos Consulares y Comunidades Colombianas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, a los Embajadores y Cónsules, y serán responsables ante estos del desarrollo del proceso electoral en el lugar que se les asigne.
Decreto 2389 de 2003 →In force
Article 3
º
Decreto 2389 de 2003 · por el cual se faculta a Embajadores y Cónsules colombianos debidamente acreditados ante otros Estados para llevar a cabo el proceso electoral del referendo constitucional a realizarse el 25 de octubre de 2003.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.