Antes o después de instaurarse un juicio puede pedirse exhibición de la cosa que es o va a ser materia o causa directa o indirecta de un juicio. Si fuere mueble y estuviere confundida con otros, puede pedirse la exhibición de todos.
También puede pedirse la exhibición de instrumentos o documentos de cualquier clase, cuando quien pida tenga derecho para servirse de ellos como prueba.
La demanda de exhibición tiene el carácter de petición de pruebas.