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Article 1

Decreto 2882 de 1974 · Por el cual se establece el Cuadro Ocupacional de Servicios Técnicos de Tránsito Aéreo del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

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Text of the article

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Artículo primero. El Superintendente Nacional de Producción y Precios, en coordinación con el Instituto Colombiano de Comercio Exterior (Incomex) y el Instituto de Mercadeo Agropecuario (Idema) determinará las cuotas de producción de azúcar que los ingenios estarán obligados a vender al Instituto de Mercadeo Agropecuario, a las organizaciones cooperativas, cajas de compensación, fondos rotatorios y similares e industrias que utilicen azúcar como materia prima, con el objeto de impedir el acaparamiento, I la especulación o la indebida retención de este producto y ^ facilitar el adecuado, oportuno y suficiente aprovisionamiento de los consumidores. También podrá fijar cuotas de abastecimiento por regiones y, en especial, para la distribución y consumo en aquellas zonas que correspondan a sectores costaneros y fronterizos, de acuerdo con el número de habitantes, el movimiento comercial tradicional de la ciudad o región y las necesidades de las industrias Que requieran de esta materia prima para la elaboración de sus productos,

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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