Dentro del término de un mes, contado a partir de la notificación de la providencia que otorga un permiso, se señalará la fecha para la entrega material del terreno. El Ministerio podrá comisionar para efectuar esta diligencia a funcionarios de su dependencia o a los Alcaldes respectivos. El Ministerio librará oportunamente, de oficio, a la Alcaldía o Alcaldías correspondientes, el despacho contentivo del cartel que con el solo objeto de dar noticia de la entrega, se fijará en la Secretaría, por el término de quince (15) días. La diligencia se realizará a costa del Ministerio y de ella se extenderá una acta que suscribirán el funcionario o funcionarios comisionados, el interesado y testigos, y su original se agregará al expediente. La entrega se considerará consumada en el momento en que sea firmada el acta.
Decreto 2514 de 1952 →In force
Article 13
Dentro Del Término De Un Mes, Contado A Partir De La Notificación De La Providencia Que Otorga Un Permiso, Se Señalará La Fecha Para La Entrega Material Del Terreno
Decreto 2514 de 1952 · por el cual se dictan unas disposiciones sobre explotación de metales no preciosos y sustancias minerales no metálicas de la reserva nacional.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.