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Article 10

Decreto 149 de 2000 · Por el cual se organiza el Fondo de Inversión para la Paz

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Sistema de manejo de los recursos . De acuerdo con lo dispuesto por el inciso 4º del artículo 8º de la Ley 487 de 1998, con las reglamentaciones y las directrices que le fije el Consejo Directivo, se podrá contratar total o parcialmente el manejo de los recursos que ingresen al mismo, bien sea mediante encargo fiduciario, fondos fiduciarios, contratos de fiducia, contratos de administración y de mandato y los demás negocios jurídicos que sean necesarios. Para todos los efectos, los contratos que se celebren en relación con el Fondo, para arbitrar recursos o para la ejecución o inversión de los mismos se regirán por las reglas del derecho privado. En todo caso, el Fondo se sujetará a las disposiciones del Estatuto Orgánico del Presupuesto para efectos financieros y presupuestales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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