Facúltase A La Empresa Siderúrgica Nacional Paz De Río Para Emitir Y Colocar En El Mercado Bonos Con Destino A Su Financiación De Un Interés No Inferior Al Seis Por Ciento (6%) Y De Un Plazo De Amortización No Mayor De Veinte (20) Años, Documentos Éstos Que Reemplazarán A Los Bonos Del Instituto De Fomento Industrial Autorizados Por Las Leyes 45 De 1947 Y 95 De 1948, En Los Mismos Términos Y Condiciones, Y Con Las Mismas Garantías, Exenciones Y Privilegios De Aquellos Bonos
Decreto 4051 de 1949 · por la cual se provee a la financiación y al aumento de capital del Instituto de Crédito Territorial, se modifica la Ley 85 de 1946, se fomenta la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río, se propende al desarrollo de las construcciones y se dictan otras disposiciones.
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º Facúltase a la Empresa Siderúrgica Nacional Paz de Río para emitir y colocar en el mercado bonos con destino a su financiación de un interés no inferior al seis por ciento (6%) y de un plazo de amortización no mayor de veinte (20) años, documentos éstos que reemplazarán a los bonos del Instituto de Fomento Industrial autorizados por las Leyes 45 de 1947 y 95 de 1948, en los mismos términos y condiciones, y con las mismas garantías, exenciones y privilegios de aquellos bonos.
Parágrafo
Las acciones y bonos que emita la Empresa Siderúrgica Nacional de Paz de Río gozarán del privilegio que el
Parágrafo
del artículo 4º de la Ley 85 de 1946 otorga a los bonos del Instituto de Crédito Territorial.
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Constitutional history
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