Movilización . La movilización dentro del territorio nacional de especímenes de la especie Hélix aspersa , deberá estar amparada por el respectivo salvoconducto de movilización expedido por la Corporación Autónoma Regional o de Desarrollo Sostenible competente, en el cual se indicarán las cantidades y características de los especímenes, así como su procedencia y destino, conforme lo dispone el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. La movilización dentro del territorio nacional de especímenes vivos de la especie Hélix aspersa , solamente podrá realizarse de un zoocriadero a otro o con destino a los centros de procesamiento, transformación y/o consumo debidamente autorizados o a los puertos marítimos y fluviales y aeropuertos autorizados para la comercialización internacional y bajo las medidas de bioseguridad que establezcan las autoridades ambientales y sanitarias.
Decreto 4064 de 2008 →In force
Article 15
Decreto 4064 de 2008 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1011 de 2006 y se adoptan otras disposiciones.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.