º A partir del 1º de enero de 1984, la remuneración mensual del empleo de Superintendente Delegado Grado 16, del nivel Ejecutivo, será equivalente al ochenta por ciento (80%) de la remuneración mensual que por concepto de asignación básica y gastos de representación corresponda al cargo de Superintendente Grado 04 del nivel Directivo. El cincuenta por ciento (50%) de esta remuneración mensual, tendrá el carácter de gastos de representación.
Article 6
A Partir Del 1º De Enero De 1984, La Remuneración Mensual Del Empleo De Superintendente Delegado Grado 16, Del Nivel Ejecutivo, Será Equivalente Al Ochenta Por Ciento (80%) De La Remuneración Mensual Que Por Concepto De Asignación Básica Y Gastos De Representación Corresponda Al Cargo De Superintendente Grado 04 Del Nivel Directivo
Decreto 157 de 1984 · Por el cual se establecen las escalas de remuneración de los empleos de los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos y unidades administrativas especiales del orden nacional y se dictan otras disposiciones
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