º . La solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado podrá ser presentada directamente por el interesado o a través de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, ACNUR, ante el Despacho del Viceministro de Asuntos Multilaterales. En caso de encontrarse el interesado en las fronteras, puertos o aeropuertos del país, la solicitud podrá presentarse ante las autoridades de inmigración o de policía, quienes deberán remitirla a la mayor brevedad al despacho del Viceministro de Asuntos Multilaterales. La inobservancia de lo aquí dispuesto, acarreará las acciones disciplinarias correspondientes.
Decreto 2450 de 2002 →In force
Article 5
Decreto 2450 de 2002 · por el cual se establece el procedimiento para la determinación de la condición de refugiado, se dictan normas sobre la Comisión Asesora para determinación de la condición de Refugiado y se adoptan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.