° Las mercancías importadas con licencias expedidas desde la vigencia del nuevo Arancel Aduanero serán gravables con la tarifa establecida en el Decreto Extraordinario número 2218 de 1950, para lo cual la Oficina de Control de cambios, Importaciones y Exportaciones, estampará en cada ejemplar de la licencia de importación la siguiente leyenda: "Mercancía gravable de acuerdo con el nuevo Arancel".
Article 2
Las Mercancías Importadas Con Licencias Expedidas Desde La Vigencia Del Nuevo Arancel Aduanero Serán Gravables Con La Tarifa Establecida En El Decreto Extraordinario Número 2218 De 1950, Para Lo Cual La Oficina De Control De Cambios, Importaciones Y Exportaciones, Estampará En Cada Ejemplar De La Licencia De Importación La Siguiente Leyenda: "mercancía Gravable De Acuerdo Con El Nuevo Arancel"
Decreto 2284 de 1950 · por el cual se reglamenta la vigencia del artículo 8º del Decreto extraordinario número 2218 de julio 10 de 1950, sobre Arancel Aduanero.
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