Aplicación integral del régimen unificado de contraprestaciones . Las normas previstas en este Decreto se aplican a todos los servicios y actividades de telecomunicaciones, salvo que exista disposición especial que regule la contraprestación por concepto de concesiones, autorizaciones, permisos o registros para una determinada materia y que hayan sido exceptuados expresamente en este régimen unificado de contraprestaciones. En consecuencia, las contraprestaciones por concepto de autorizaciones, permisos y registros que no se encuentren establecidas para los servicios que hayan sido expresamente exceptuados se liquidarán, recaudarán y pagarán con arreglo a las normas y procedimientos establecidos en este Decreto, indistintamente si se trata de concesiones nuevas o ya existentes a la fecha de vigencia de esta norma.
Article 15
Aplicación Integral Del Régimen Unificado De Contraprestaciones
Decreto 1492 de 1998 · por el cual se establece el régimen unificado de contraprestaciones que se causen y deban pagarse a las entidades concedentes en materia de telecomunicaciones, por concepto de concesiones, autorizaciones, permisos y registros que se otorguen de conformidad con sus facultades y competencias legales, así como los procedimientos para su liquidación, cobro, recaudo y pago.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.