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Article 14

Decreto 2824 de 1991 · por el cual se reglamenta la telefonía móvil celular y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Registro de proponentes . Dentro de los 60 días siguientes a la fecha de promulgación de este Decreto, el Ministerio de Comunicaciones abrirá un Registro de Proponentes Permanente, que estará abierto hasta un mes calendario anterior al día de apertura de la Licitación Pública de que trata este Decreto, en el que se clasificará y calificará, para efectos de inscripción, a las personas interesadas en participar en la Licitación del servicio de telefonía móvil celular, en las redes celulares A y B. Los proponentes se clasificarán en proponentes para la Red Celular A y proponentes para la Red Celular B, de conformidad con los artículos 6º y 7º de este Decreto. La calificación se hará con base en la capacidad económica y organizacional del proponente, su experiencia en administración y gestión de servicios y en telecomunicaciones, además de los otros criterios que señale el formulario establecido para el efecto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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